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Por la cuantía, eso son impagos de salarios más indemnización.
El BOJA dice "No procede hacer expresa declaración de responsabilidad respecto del Fogasa, al no constar acreditado ninguno de los supuestos en que aquella es exigible" por lo que supongo que entenderán que ella como autónoma no puede considerarse trabajadora y, por tanto, solicitar que la deuda la abone el Fogasa.
Una pregunta rápida para los que sepan de estos temas:Suponed que decido seguir los pasos de mi amigo dionisio. Podría crear una SL con el dinero mínimo exigible y sin bienes embargables, firmar contratos y facturar con la SL y luego no pagar y a mi como persona física no podrían embargarme nada?
Antes de darle al boton de denunciar...Unios a la demanda, no vayais a perderLa segunda oleada de indemnizaciones!!
Yo he llegado a tiempo a la denuncia Las demandas eran las que se hacían de forma personal sin coste por la vía civil, y no valen para nada contra morosos profesionales. Este hombre no tiene nada a su nombre.
Venga, animo a ver si conseguiís algo más que el que lanzanos se quede con la pasta que retiene.
Gracias, seguro que conseguiremos más cosas.