Darkstone juegos de mesa y crowdfundings

Crowdfunding y lanzamiento de juegos. => Futuros lanzamientos de juegos y promoción de juegos en el mercado. => Mensaje iniciado por: equipo de immunity en Diciembre 04, 2014, 10:53:24 am

Título: Trámites legales, empresa, IRPF, esas cosas
Publicado por: equipo de immunity en Diciembre 04, 2014, 10:53:24 am
Buenas.
Ya que nos queda poco para acabar con Fundación Telefónica, estábamos mirando los trámites para constituirnos como empresa. He leído mogollón de entradas en diversos sitios sobre las ventajas de la autoedición vs. recurrir a editoriales, e incluso en el blog de la asociación ludo sobre consejos de como convencer paso a paso a una editorial a editar tu juego. Pero no he leído nada de constituirse como empresa: qué tipo de empresa elegir, si hay que darse de alta como trabajador o algo así, etc.
¿Podríais los que habéis conseguido sacar el crowdfunding qué tipo de modelo de negocio tenéis y vuestra configuración jurídica?
Gracias y un saludo.

pd: Publico este hilo aquí porque he pesando que sería el mejor lugar ya que lo visitan gente con juegos en desarrollo, como yo.
Título: Re:Trámites legales, empresa, IRPF, esas cosas
Publicado por: 4Moon Studio en Diciembre 04, 2014, 01:57:21 pm
Hola immunity.

Yo te puedo hablar de lo que nos aconsejaron a nosotros, y es una SCP. Menos impuestos, menos trámites, y bastante menos costos de alta de empresa.

En cualquier caso, yo le pondría la chincheta a este hilo, sobre todo si empiezan a contestar autores que tengan la experiencia y nos cuenten cómo lo hicieron.

Título: Re:Trámites legales, empresa, IRPF, esas cosas
Publicado por: The Game Forger en Diciembre 04, 2014, 07:24:30 pm
Nosotros una de las mayores incógnitas que tenemos aún es cómo se declaran exactamente esas cantidades que llegan del crowdfunding.
¿Qué cantidad del total hay que aplicar en conceptos de IVA, hasta qué punto puedes desgrabar cuando te gastes todo el dinero que te ha llegado en fabricar el producto y pagar a todo el mundo (grafistas, diseñadores, etc) y qué ventajas puede ofrecerte una SL, sobre una SC o autónomo (más allá de los propios riesgos de ser autónomo, donde tú asumes con tu patrimonio cualquier deuda)?

Los temas fiscales, vaya. Un gran secreto que después de haber preguntado y preguntado, nadie responde de forma clara  :-\

A ver si es verdad y podemos aclarar un poco esto con la experiencia de quién ya haya pasado por ello.
Saludos.
Título: Re:Trámites legales, empresa, IRPF, esas cosas
Publicado por: equipo de immunity en Diciembre 05, 2014, 11:40:45 pm
Otra duda que me
surge: cuando uno hace el crowdfunding hace falta ya tener forma juridoca de empresa? O un particular puede hacer un crowdfundig y con lo que saque constituirse como empresa?
Título: Re:Trámites legales, empresa, IRPF, esas cosas
Publicado por: 4Moon Studio en Diciembre 06, 2014, 03:35:24 pm
No es necesario, pero sí es lo recomendable. Como persona física, dependiendo de la recaudación alcanzada, puedes llevarte un palo curioso a la hora de declarar el IRPF. Yo te aconsejo que busques un asesor de confianza y que te resuelva todas estas dudas. Ellos te lo podrán explicar mucho mejor y te van a dar las distintas opciones que pueden adaptarse mejor a tu situación y necesidades.

En nuestro caso, estamos a la espera de que un abogado fiscal nos lo aclare, ya que contamos con una situación muy especial y un régimen fiscal diferente por nuestra ubicación.

Un saludo, y esperemos que alguien con más experiencia nos lo pueda aclarar.
Título: Re:Trámites legales, empresa, IRPF, esas cosas
Publicado por: ARK en Abril 09, 2015, 09:39:45 pm
Nosotros una de las mayores incógnitas que tenemos aún es cómo se declaran exactamente esas cantidades que llegan del crowdfunding.
¿Qué cantidad del total hay que aplicar en conceptos de IVA, hasta qué punto puedes desgrabar cuando te gastes todo el dinero que te ha llegado en fabricar el producto y pagar a todo el mundo (grafistas, diseñadores, etc) y qué ventajas puede ofrecerte una SL, sobre una SC o autónomo (más allá de los propios riesgos de ser autónomo, donde tú asumes con tu patrimonio cualquier deuda)?

Los temas fiscales, vaya. Un gran secreto que después de haber preguntado y preguntado, nadie responde de forma clara  :-\

Subrayo todo lo que has dicho. Es el tema que más me quita el sueño y a falta de hablar con un gestor especializado, aún nadie me ha ofrecido una respuesta clara.
Título: Re:Trámites legales, empresa, IRPF, esas cosas
Publicado por: Kyuzo en Mayo 25, 2015, 01:01:09 pm
Yo tengo una duda.

Tengo muy claro que tendría darme de alta como autononomo o sociedad civil, ya lo vería.

Bien tras ello reparto toooooodos los juegos a los mecenas.

Pero...

El principal problema que encuentro es que con el material sobrante si tengo que contactar con distribuidoras para que lo hagan tendría que facturar y demas, y si tengo que estar dado de alta por facturar y demas... Menudo embrollo, se perdería dinero entre impuestos y demas cosas a posteriori (en vez de recibir algo de beneficios por las ventas del juego).

¿Alguno puede ayudar en este punto?
Título: Re:Trámites legales, empresa, IRPF, esas cosas
Publicado por: AioLoS_old en Mayo 25, 2015, 01:17:09 pm
Aunque solo produzcas para mecenas, tienes que pagar los impuestos, ya que en españa el mecenazgo no existe y se considera pago.
Título: Re:Trámites legales, empresa, IRPF, esas cosas
Publicado por: wargamewords en Mayo 25, 2015, 01:48:31 pm
Eso es, tienes que tener en cuenta el IVA y los impuestos por ser autónomo o sociedad.
Título: Re:Trámites legales, empresa, IRPF, esas cosas
Publicado por: Nomak en Mayo 29, 2015, 04:10:41 pm
¿Alguno sabría decirme los requisitos y costes para abrir una sociedad limitada en UK, con sede u oficina virtual en Gibraltar? Es más que nada por conocer impresiones de primera mano. El porqué es el siguiente:

Lo poco que sé de empresas allí es que en UK el coste de ser autónomo es irrisorio comparado con el de España, y los impuestos menores al menos mientras arrancas. Se que debería visitar la oficina una vez al mes y por ello elegiría Gibraltar que me pilla a 1h en coche ida y vuelta. Y elijo UK en lugar de hacer el Kickstarter aquí en España porque primero la Libra fluctúa menos que el Euro últimamente y segundo xq no descarto mudarme allí en un futuro cercano.

Espero que podáis asesorarme un poco y gracias de antemano,
Título: Re:Trámites legales, empresa, IRPF, esas cosas
Publicado por: ModularTerrain en Marzo 19, 2017, 10:02:38 pm
Pensando en un futuro Kickstarter me surge una duda con el IVA.

Si el mecenas es de la UE paga el IVA y yo lo tengo que declarar a hacienda, pero si es de fuera ¿no sería lo correcto descontárselo?.

He leido por ahí que las exportaciones están exentas de IVA. Es posible que tenga que pagar en su aduana por lo que pagaría 2 impuestos. Partiendo de que hacienda no me pedirá ese IVA por ser ventas fuera de la UE. Por supuesto hay que rellenar otros documentos, como el DUA y otros.

Si lo correcto es descontárselo ¿no sería mejor duplicar los niveles de pledges?, uno para europeos con IVA y otro para el resto sin IVA.

Mi objetivo es tener más ventas fuera. Sin IVA les sale más barato por lo que es más fácil que les interese. Aunque luego paguen en su aduana les habría salido más barato que si les cuesta lo mismo que a los de la UE, de las aduanas es difícil que se libren.
Título: Re:Trámites legales, empresa, IRPF, esas cosas
Publicado por: Ludo Fox Games en Mayo 19, 2017, 09:37:34 am
Buenas a todos!

Hemos visto este hilo y os podemos comentar nuestra experiencia en este campo, sobre cómo tratar el tema de impuestos, facturas y altas en España:

Sobre los fondos de una campaña

1- Cuando se finaliza una campaña y se va a recibir el dinero, es vital que ya se esté dado de alta como autónomo o empresa para facilitar el CIF a la plataforma de crowdfunding, y que te den la factura con tus datos fiscales finales. Por lo tanto antes de recibir los fondos ya debes estar dado de alta.

2- El dinero que te da la plataforma de CF es un ingreso con su propio IVA, cosa que tendrás que declarar. Si el ingreso es superior a 3.000 € (cosa más que habitual en estas campañas) tendrás que hacer una declaración especial a Hacienda (para ingresos superiores a 3.000 €).

3- La "mordida" de la plataforma de CF (su % de comisión) ya te lo han restado de tus fondos y son ellos los que declaran el IVA correspondiente a ese ingreso. Tú como editor solo debes declarar el IVA que corresponde a tu parte de los fondos.

¿Autónomo o Sociedad?

1- Esto ya son decisiones personales y que se deben tomar con la ayuda de un administrador fiscal o gestor (es lo recomendable). Hay varias opciones, pero todo se suele reducir a darte de alta como autónomo si eres un solo editor o crear una SL (Sociedad Limitada) si sois varios editores fundadores.

2- En caso de ser uno y darse de alta como autónomo, la gestión se hace literalmente en un día en la sede de Hacienda más cercana presentando el modelo 036, que puedes comprar por 2-3 € en estancos o determinados quioscos. No hay costes adicionales, pero a partir de ese momento tendrás que pagar la "bonita" cuota de autónomos cada mes (Hacienda te lo quita de tu cuenta). Si es la primera vez que te das de alta o eres menor de 30 años tendrás bonificaciones, empezarás pagando 50 € /mes e irá subiendo hasta 267 € /mes en 2 años.

3- En caso de elegir la vía de la SL, uno de los integrantes del grupo debe darse de alta como autónomo (como administrador de la empresa) siguiendo el paso anterior. Después debéis crear una cuenta bancaria para la SL desde cero, e ingresar en ella un capital mínimo de 3.000 €. Después os buscáis un Notario para constituir la empresa con estatutos tipo (estándar), a menos que queráis condiciones específicas para los societarios de vuestra empresa. Estas gestiones cuestan entre 60-100 € (no más), cuidado que hay mucho Notario estafador. Hemos llegado a ver constituciones de empresas por 600 €. Cuando todos los pasos están hechos recibiréis el CIF provisional en pocos días, que ya podréis utilizar para vuestras facturas. Y en cosa de 15-20 días ya podréis recoger las escrituras de la SL.

Apreciaciones personales

Señores, esto es España, el país de EU que peores condiciones ofrece para sus emprendedores. Somos los que pagamos más impuestos del país, ya que a parte de nuestro IRPF, somos recaudadores de IVA para el estado y pagamos la cuota mensual fija de autónomos que no se corresponde con los beneficios. Si un mes no vendes a Hacienda le dará igual, tendrás que pagar, y si te das de baja pierdes la bonificación del alta y no puedes facturar.

Hemos visto como decenas de editoriales amigas se han ido al traste por no poder aguantar el ritmo. Por ello queremos recalcar que convertirse en una editorial y mantenerse no es nada fácil. ¿Qué sería lo ideal desde nuestro punto de vista? Pues que el autónomo del grupo ya lo sea con anterioridad por su tipo de trabajo, así la cuota mensual de autónomos ya la paga él con su trabajo habitual y la empresa editorial solo se encarga de pagar los impuestos que realmente dependen de los beneficios (IVA o impuesto de sociedades). Y si no tenéis posibilidades de contar con un autónomo real en vuestra editorial indie, tendréis más dificultades de inicio.

No obstante, esto es tan solo nuestro punto de vista, que puede ser o no compartido. Pero de forma resumida podemos decir que casi todos los pasos quedan medianamente explicados. Aunque entre punto y punto hay infinidad de pequeños detalles que hay que tener en cuenta y no hemos mencionado para no alargarnos. Igualmente esperamos que os haya servido para tener más datos al respecto  ;) 
Título: Re:Trámites legales, empresa, IRPF, esas cosas
Publicado por: meromero en Mayo 19, 2017, 03:19:52 pm
Buenas a todos!

Hemos visto este hilo y os podemos comentar nuestra experiencia en este campo, sobre cómo tratar el tema de impuestos, facturas y altas en España:

Sobre los fondos de una campaña

1- Cuando se finaliza una campaña y se va a recibir el dinero, es vital que ya se esté dado de alta como autónomo o empresa para facilitar el CIF a la plataforma de crowdfunding, y que te den la factura con tus datos fiscales finales. Por lo tanto antes de recibir los fondos ya debes estar dado de alta.

2- El dinero que te da la plataforma de CF es un ingreso con su propio IVA, cosa que tendrás que declarar. Si el ingreso es superior a 3.000 € (cosa más que habitual en estas campañas) tendrás que hacer una declaración especial a Hacienda (para ingresos superiores a 3.000 €).

3- La "mordida" de la plataforma de CF (su % de comisión) ya te lo han restado de tus fondos y son ellos los que declaran el IVA correspondiente a ese ingreso. Tú como editor solo debes declarar el IVA que corresponde a tu parte de los fondos.

¿Autónomo o Sociedad?

1- Esto ya son decisiones personales y que se deben tomar con la ayuda de un administrador fiscal o gestor (es lo recomendable). Hay varias opciones, pero todo se suele reducir a darte de alta como autónomo si eres un solo editor o crear una SL (Sociedad Limitada) si sois varios editores fundadores.

2- En caso de ser uno y darse de alta como autónomo, la gestión se hace literalmente en un día en la sede de Hacienda más cercana presentando el modelo 036, que puedes comprar por 2-3 € en estancos o determinados quioscos. No hay costes adicionales, pero a partir de ese momento tendrás que pagar la "bonita" cuota de autónomos cada mes (Hacienda te lo quita de tu cuenta). Si es la primera vez que te das de alta o eres menor de 30 años tendrás bonificaciones, empezarás pagando 50 € /mes e irá subiendo hasta 267 € /mes en 2 años.

3- En caso de elegir la vía de la SL, uno de los integrantes del grupo debe darse de alta como autónomo (como administrador de la empresa) siguiendo el paso anterior. Después debéis crear una cuenta bancaria para la SL desde cero, e ingresar en ella un capital mínimo de 3.000 €. Después os buscáis un Notario para constituir la empresa con estatutos tipo (estándar), a menos que queráis condiciones específicas para los societarios de vuestra empresa. Estas gestiones cuestan entre 60-100 € (no más), cuidado que hay mucho Notario estafador. Hemos llegado a ver constituciones de empresas por 600 €. Cuando todos los pasos están hechos recibiréis el CIF provisional en pocos días, que ya podréis utilizar para vuestras facturas. Y en cosa de 15-20 días ya podréis recoger las escrituras de la SL.

Apreciaciones personales

Señores, esto es España, el país de EU que peores condiciones ofrece para sus emprendedores. Somos los que pagamos más impuestos del país, ya que a parte de nuestro IRPF, somos recaudadores de IVA para el estado y pagamos la cuota mensual fija de autónomos que no se corresponde con los beneficios. Si un mes no vendes a Hacienda le dará igual, tendrás que pagar, y si te das de baja pierdes la bonificación del alta y no puedes facturar.

Hemos visto como decenas de editoriales amigas se han ido al traste por no poder aguantar el ritmo. Por ello queremos recalcar que convertirse en una editorial y mantenerse no es nada fácil. ¿Qué sería lo ideal desde nuestro punto de vista? Pues que el autónomo del grupo ya lo sea con anterioridad por su tipo de trabajo, así la cuota mensual de autónomos ya la paga él con su trabajo habitual y la empresa editorial solo se encarga de pagar los impuestos que realmente dependen de los beneficios (IVA o impuesto de sociedades). Y si no tenéis posibilidades de contar con un autónomo real en vuestra editorial indie, tendréis más dificultades de inicio.

No obstante, esto es tan solo nuestro punto de vista, que puede ser o no compartido. Pero de forma resumida podemos decir que casi todos los pasos quedan medianamente explicados. Aunque entre punto y punto hay infinidad de pequeños detalles que hay que tener en cuenta y no hemos mencionado para no alargarnos. Igualmente esperamos que os haya servido para tener más datos al respecto  ;)


Aporte extraordinario, muchas gracias por compartirlo :)


Enviado desde una cosa
Título: Re:Trámites legales, empresa, IRPF, esas cosas
Publicado por: ModularTerrain en Agosto 17, 2017, 04:44:18 am
Entonces ¿no importa donde viva el mecenas? ¿siempre pagas el IVA?
Título: Re:Trámites legales, empresa, IRPF, esas cosas
Publicado por: Ludo Fox Games en Agosto 17, 2017, 10:00:22 am
Entonces ¿no importa donde viva el mecenas? ¿siempre pagas el IVA?

El IVA lo determina el país de procedencia del juego, es decir, donde se esté dado de alta como autónomo o Sociedad. Por ello si el juego es de origen español y sus creadores/vendedores tributan en España, pues todo debe incluir ya el 21% de IVA, tanto en la campaña de crowdfunding como en las ventas posteriores cuando se funda y llega al mercado.

Y en todos estos casos, el mecenas o comprador final pagará ese 21% de IVA viva donde viva. Un saludo.
Título: Re:Trámites legales, empresa, IRPF, esas cosas
Publicado por: ModularTerrain en Agosto 17, 2017, 05:25:42 pm
Gracias por la información.

Supongo que el tema es que a ti te paga Kickstarter, no los mecenas. Los mecenas le pagan a Kickstarter, no a ti directamente, luego en el pledge manager sí pueden llegar a pagarte a ti directamente.

Si te pagasen directamente a ti los mecenas, sin intermediarios, entonces podrías no cobrar el IVA a los de fuera de la UE.



Yo quería saber esto porque estoy preparando un proyecto de escenografía modular que puede costar un mínimo de 300 euros + envío (en el envío no se añade IVA), y claro, los de fuera de la UE tendrán que pagar sus aduanas fijo, así que si les quito el IVA pues les ayudaría. Pero de esa manera no puedo quitárselo por lo que las aduanas frenarán a posibles mecenas de fuera de la UE.

Esto me hace pensar que quizás el Kickstarter ya no sea tan interesante para mi. Al acabar y venderlo yo directamente ya podré quitarles el IVA, así que a los de fuera de la UE les saldrá más barato luego, sin IVA aunque con aduanas. Las ventas fuera de la UE están exentas de IVA.
Título: Re:Trámites legales, empresa, IRPF, esas cosas
Publicado por: Peipal en Marzo 14, 2018, 10:41:31 pm
Respecto a las cuestiones planteadas en este foro:

En relación al IVA,  pienso lo siguiente:

- Si Kickstarter tiene residencia en UK, entonces si te haces operador intracomunitario, no deberían emitirte factura con IVA, eso sí, deberíais presentar el modelo 349, y en el 036 deberéis solicitar alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios), eso se debe a las reglas de localización de la prestación de IVA. Si que es verdad que en la declaración de IVA trimestral deberéis declararlo.

- En el IVA en las aportaciones sin contraprestación son donaciones, ya que son una mera liberalidad, y, por tanto,de acuerdo con la Ley de IVA están exentas,  y las que si reciben algún juego a cambio, deben tributar con IVA si el destinatario final es residente en Europa, siempre que no sea empresa, si es empresa, no deberías cobrarle IVA, y si es consumidor final, deberás cobrarle IVA de España. Pero las ventas realizadas fuera de la Unión Europea están exentas, ya buscaré el artículo exacto, ya que Kickstarter es un mero comisionista, y solo te hace de intermediario, por tanto ellos no venden nada.

- Si vendes a alguien más de 3.000€ deberás presentar el modelo 347 en el mes de febrero, es una declaración informativa que no supone pago alguno, pero si que debes informar en ella a quien has vendido más de 3.000€ en todo el año y desglosar la información por trimestres.

- Yo me daría de alta antes en el 036, pero marcando Comunicación de inicio de actividad. Entregas de bienes o prestaciones de servicios previa o simultánea a adquisición de bienes o servicios.

Tipo de tributación directa

 Autónomo o SL? Eso ya depende de tu nivel de beneficios, no de ingresos, el impuesto de la renta, graba únicamente la ganancia, y sobre todo, por favor, que no os engañen,  si os dais de alta como persona física, escoged el Régimen de Estimación Directa SIMPLIFICADA, que tiene muchas menos obligaciones formales que Directa Normal. Al grano:

IRPF, autónomo y comunidades de bienes.

- Ventajas, menos obligaciones formales,  debes presentar los modelos 130, 303, y si tienes trabajadores 111, y en Enero además el 190 y el 390, pero las gestiones son más fáciles y más baratas en las asesorías, hay que llevar libro de facturas emitidas y libro de facturas recibidas.

- Contras, el tipo de gravamen es progresivo, sabes que vas del 0% al cuarenta y pico, según la comunidad autónoma, y el riesgo de que respondes con todo tu patrimonio personal presente y futuro.


Impuesto sobre Sociedades

- A favor, tienes una responsabilidad limitada y el tipo de gravamen es fijo ganes lo que ganes, si tienes buenas expectativas pues quizá te interese,para un proyecto de25.000€ yo no lo haria.

- Contras,

1 En relación a la cuota plana de la seguridad social para autónomos, la de los 50€, la seguridad social no la aplica para quienes se constituye en una SL,  y además,el que sea administrador la Seguridad social es más cara. Si bien es cierto que hay sentencias en contra, que establece que deben de ser de aplicación, ir a juicio...

2. La llevanza de la SL es muy burocrática, requiere depositar mínimo 3.000€,  posteriormente ir a un notario y pagarle su minuta para  la escritura de constitución, presentar esta en el Registro Mercantil... Luego toca legalizar libros, de Actas y de socios en el propio Registro Mercantil. Y por último llevar contabilidad, y presentar todos los años las  cuentas anuales, lo que al final supone un dinerito destinado a la asesoría.


3.- Constituir una SL solo para pagar menos impuestos, si se demuestra que es solo para pagar menos no es una opción de economía, puede ser esimulación, de acuerdo con la Ley General Tributaria, ojo con esto, que ya he visto a gente que acabo escaldada, y la inspección les pego un meneo que no veas. Exisste simulación, a grandes rasgos cuando la sociedad es de uno solo, no hay sueldos... Que pasaría, no te suelen sancionar, pero te imputan todos los ingresos como persona física al tipo que te toque.

4.- El dinero de la SL no es tuyo, tanto si lo cobras en concepto de nómina como en dividendos en tu declaración de la renta pagarás por ello.

Pero esto es desde mi conocimiento,  una SL es cuando vas ha hacer varios proyectos, para uno solo, mucho ahorro fiscal debes de tener.

Un saludo y espero haber podido aportar mi granito de ayuda
Título: Re:Trámites legales, empresa, IRPF, esas cosas
Publicado por: Dadralgames en Febrero 19, 2021, 05:00:26 pm
Hola a tod@s, estoy ultimando mi prototipo y viendo la posibilidad de la adquisicion de un codigo de barras para si luego llega a comercializarse en algún momento, y así no tener que reeditar la ilustrsción.

Alguien sabría donde poder adquirir un código de barras que no sea muy caro y sea fiable??

Gracias de antemano
Título: Re:Trámites legales, empresa, IRPF, esas cosas
Publicado por: Royal Sheep en Febrero 21, 2021, 11:23:47 am
Como le pasa a Dadralgames, estamos viendo el tema de los códigos de barras y encuentro información contradictoria.

Unos que no hace falta, otros que es prácticamente obligatorio, y la diferencia de precios entre unas páginas y otras es abismal.

¿Es necesario que empiece por 84?

Gracias
Título: Re:Trámites legales, empresa, IRPF, esas cosas
Publicado por: Jomra en Febrero 21, 2021, 12:41:10 pm
Salud

El código de barras, como requisito legal, no es obligatorio. Como no lo es el ISBN para libros (en España). Eso sí, sin ese código muchas tiendas ni te cogerán el juego (así de sencillo). Tú puedes fabricarte tu propio código pero... si sigues las normativas de los códigos (por ejemplo, la del GS1 que es uno de los mayores estándares del mundo), no puedes poner el que quieras, sino que se produce una asignación de códigos. Y si pones el código que te dé la gana con el sistema que prefieras, no le será útil al comercio minorista (pues la gracia del código es que, una vez que tienes un producto registrado, te genera unos datos únicos de forma automatizada).

El código EAN-13 (el habitual para productos comercializados que asigna el GS1)* comienza con el código del país de la empresa, en este caso, si la empresa (la propietaria de la marca o producto) es española, el código deberá comenzar por 84. El siguiente número es la marca/empresa. Si compras el código a un tercero, ese número será el suyo, no el tuyo. Ahora bien, esto no es algo que el comercio te vaya a reprochar nadie (o sea, nadie te va a rechazar un producto porque comienza por 060 o, si lo compras a un revendedor local, porque el código de la empresa no identifique a la tuya; de hecho, acabo de ver que tengo varios juegos con códigos que son de reventa claramente). En España este tema lo lleva la AECOC (https://www.aecoc.es/generador-codigo-barras/), que es el socio local de la GS1. Quienes revenden códigos de barra hacen negocio con los que piden a la AECOC (o la asociación nacional que corresponda).

Esto solo les es útil si quieren montar una editorial (si lo editan con otra o lo coeditan, la otra editorial puede que ya tenga su prefijo y pueda generar el código correctamente) y, la verdad, yo ahí sí recomendaría hacer las cosas bien desde el principio; esto supone un gasto (ser parte de la AECOC cuesta un dinero, no es mucho, pero es un gasto fijo anual), pero como tantos otros que tendrán.

Hasta luego ;)

*Acá una precisión, aunque se sigue hablando de EAN y todo eso, en realidad, desde que surgió la GS1 (que es la suma de EAN con UCC), se van renombrando los estándares en plan GTIN...
Título: Re:Trámites legales, empresa, IRPF, esas cosas
Publicado por: Tazared en Febrero 21, 2021, 01:50:24 pm
Hola!

Lo ha explicado perfectamente Jomra, así que poco más que añadir con respecto a como funcionan los códigos de barras, solo un par de apuntes o consejos:

1) Como bien dice, no es obligatorio, pero salvo que solo vayas a vender en crowdfunding, es muy recomendable, el coste de imprimirlo a posteriori y etiquetar las cajas  es alto y no da buena imagen.

2) ¿es necesario que empiece por 84? No, pero igualmente da mejor imagen a la gente que entiende de eso.

3) ¿Dónde lo compro? Pues si lo compras a revendedores, busca una página con una buena web y que no sea muy barata, usa el sentido común, por experiencia te digo que los de 10€ o nunca llegan o son de botes de champú (comprobado). Un rango de precios entre 60 y 100€ puede ser valido. Es algo que solo se compra una vez, por lo que entre todos los costes de un juego no es demasiado. También puedes comprarlo directamente a la fábrica de juegos si ofrece ese servicio.

4) ¿hay que hacerse socio de la asociación de código de barras? Para un primer proyecto no es muy recomendable, en su día lo mire y en España te pedían una cuota muy alta, mientras que en países como UK o Portugal te dejaban comprarlo de uno en uno. Hoy en día la cosa ha cambiado pero sigue siendo costoso. Si tú intención no es montar una editorial con varios títulos en un espacio corto de tiempo hazte socio, si no, puedes recomprarlo sin problema, solo que tu empresa (si la tienes) no estará asociada a tú código de barras.

Espero que os sirva!




Título: Re:Trámites legales, empresa, IRPF, esas cosas
Publicado por: Dadralgames en Febrero 23, 2021, 11:01:21 am
Muchísimas gracias a los 2 por la respuesta.
Título: Re:Trámites legales, empresa, IRPF, esas cosas
Publicado por: Royal Sheep en Febrero 25, 2021, 08:24:03 pm
Tomamos nota de lo que comentáis.

Muchísimas gracias a los dos  :)