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Claro, haber pirateado un MP3 te invalida para denunciar públicamente cualquier pirateo como el del 7c.Es como si tengo una multa por aparcar mal y ya no tuviera derecho nunca a denunciar ninguna situación en la que se cometa algún delito con los coches.
O un nuevo ejemplo: A mí no me parece lo mismo descargar toda la saga de Harry Potter a ir con 200 amigos a una tienda a que os hagan precio para 200 copias en BluRay de la saga, en carátula replicando la original a todo color y añadendo la réplica de la varita de saúco que venía de regalo con la edición especial.
Tampoco. Porque en este foro ha habido conjuntas de manuales o cartas donde los pobres derechos de autor de distinto material han sido vilmente pisoteados y tampoco ha generado debate, así que tampoco debe ser eso...
Es que no es lo mismo. Pero las dos cosas están mal y las dos cosas son ilegales. Es como si tú te dedicas por tu cuenta a hacer hurtos de andar por casa y te molesta que 100 tíos se organicen para robar. Y vas y les denuncias. Me parece de ser muy hipócrita. Y la excusa de que es yo robo poquito es solo eso, una excusa. Eres un ladrón, igual que los otros.
Que no, que no son las dos ilegales ... Siempre y cuando nadie se lucre en la primera. En la segunda hay una empresa metida de por medio reproduciendo 200 copias de algo para lo que no tiene derechos, y sacando beneficio de ello.Sigo con ejemplos. Tú puedes invitar a tus amigos a casa a ver un partido de fútbol (no emitido en abierto) solamente con tu suscripción de domicilio particular. O a ver una película que hayas comprado (física o digital). Pero un bar no puede emitir una película comprada (física o digital) o fútbol comprado con una suscripción para domicilio particular.La línea es sutil, pero está ahí. Y luego lo que dice @Hollyhock de las escalas de grises... Porque igual a la empresa X ni le vale la pena demandar al bar de Villarramiel de los Alcores, con 35 habitantes... Lo que no significa que lo pueda hacer.
No será ilegal, pero es delito civil cuando te descargas una película por la que no has pagado.
En España, descargar una película por la que no has pagado, sin lucro mediante, y sin difundirla, es perfectamente legal (civil y penalmente). Las gestoras de derechos españolas sentaron al banquillo por lo civil a algunos internautas por descargar música, con la intención de arruinarlos para dar miedo a los demás, y no consiguieron nada.Bajarte una película mediante torrent, donde por la naturaleza del servicio lo que bajas también lo compartes con los demás, tiene el resquicio que pueden reclamarte alegando que incumples el ámbito privado. Le llamo resquicio porque es una característica del sistema sobre la que tienes poco o ningún control, pero como es complicado explicárselo al juez, ya se opera como que el torrent cuenta como "difusión". Aun así, es jodido cuantificar los daños e identificar a los usuarios finales (identificar la IP no suele ser suficiente). En la práctica esta vía sólo sirve para cazar incautos mediante buzoneo de amenazas legales de "si me pagas 500€ no te llevo a juicio", que hay que ignorar porque en la práctica tampoco prosperan.
Pero es que esto ya es un concepto diferente. Aquí la cosa no está en que es casi imposible que te pillen, sino en que estás incumpliendo el ámbito privado. Que se nos llena mucho la boca sobre lo que está bien y lo que está mal, pero creo que muy poquitos aquí no se habrán descargado una "copia de seguridad" de una película/CD/videojuego, para uso personal y sin tener copia original, por torrent, que llevaba ya éste bastantes añitos antes de que aparecieran netflix, hbo y similares.
No lo es.
Si la descargas a través de torrent si lo es. Es un acto ilícito de carácter civil por infracción de la normativa en propiedad intelectual.