0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.
Nosotros una de las mayores incógnitas que tenemos aún es cómo se declaran exactamente esas cantidades que llegan del crowdfunding. ¿Qué cantidad del total hay que aplicar en conceptos de IVA, hasta qué punto puedes desgrabar cuando te gastes todo el dinero que te ha llegado en fabricar el producto y pagar a todo el mundo (grafistas, diseñadores, etc) y qué ventajas puede ofrecerte una SL, sobre una SC o autónomo (más allá de los propios riesgos de ser autónomo, donde tú asumes con tu patrimonio cualquier deuda)?Los temas fiscales, vaya. Un gran secreto que después de haber preguntado y preguntado, nadie responde de forma clara
Buenas a todos!Hemos visto este hilo y os podemos comentar nuestra experiencia en este campo, sobre cómo tratar el tema de impuestos, facturas y altas en España:Sobre los fondos de una campaña1- Cuando se finaliza una campaña y se va a recibir el dinero, es vital que ya se esté dado de alta como autónomo o empresa para facilitar el CIF a la plataforma de crowdfunding, y que te den la factura con tus datos fiscales finales. Por lo tanto antes de recibir los fondos ya debes estar dado de alta.2- El dinero que te da la plataforma de CF es un ingreso con su propio IVA, cosa que tendrás que declarar. Si el ingreso es superior a 3.000 € (cosa más que habitual en estas campañas) tendrás que hacer una declaración especial a Hacienda (para ingresos superiores a 3.000 €).3- La "mordida" de la plataforma de CF (su % de comisión) ya te lo han restado de tus fondos y son ellos los que declaran el IVA correspondiente a ese ingreso. Tú como editor solo debes declarar el IVA que corresponde a tu parte de los fondos.¿Autónomo o Sociedad?1- Esto ya son decisiones personales y que se deben tomar con la ayuda de un administrador fiscal o gestor (es lo recomendable). Hay varias opciones, pero todo se suele reducir a darte de alta como autónomo si eres un solo editor o crear una SL (Sociedad Limitada) si sois varios editores fundadores.2- En caso de ser uno y darse de alta como autónomo, la gestión se hace literalmente en un día en la sede de Hacienda más cercana presentando el modelo 036, que puedes comprar por 2-3 € en estancos o determinados quioscos. No hay costes adicionales, pero a partir de ese momento tendrás que pagar la "bonita" cuota de autónomos cada mes (Hacienda te lo quita de tu cuenta). Si es la primera vez que te das de alta o eres menor de 30 años tendrás bonificaciones, empezarás pagando 50 € /mes e irá subiendo hasta 267 € /mes en 2 años.3- En caso de elegir la vía de la SL, uno de los integrantes del grupo debe darse de alta como autónomo (como administrador de la empresa) siguiendo el paso anterior. Después debéis crear una cuenta bancaria para la SL desde cero, e ingresar en ella un capital mínimo de 3.000 €. Después os buscáis un Notario para constituir la empresa con estatutos tipo (estándar), a menos que queráis condiciones específicas para los societarios de vuestra empresa. Estas gestiones cuestan entre 60-100 € (no más), cuidado que hay mucho Notario estafador. Hemos llegado a ver constituciones de empresas por 600 €. Cuando todos los pasos están hechos recibiréis el CIF provisional en pocos días, que ya podréis utilizar para vuestras facturas. Y en cosa de 15-20 días ya podréis recoger las escrituras de la SL.Apreciaciones personalesSeñores, esto es España, el país de EU que peores condiciones ofrece para sus emprendedores. Somos los que pagamos más impuestos del país, ya que a parte de nuestro IRPF, somos recaudadores de IVA para el estado y pagamos la cuota mensual fija de autónomos que no se corresponde con los beneficios. Si un mes no vendes a Hacienda le dará igual, tendrás que pagar, y si te das de baja pierdes la bonificación del alta y no puedes facturar.Hemos visto como decenas de editoriales amigas se han ido al traste por no poder aguantar el ritmo. Por ello queremos recalcar que convertirse en una editorial y mantenerse no es nada fácil. ¿Qué sería lo ideal desde nuestro punto de vista? Pues que el autónomo del grupo ya lo sea con anterioridad por su tipo de trabajo, así la cuota mensual de autónomos ya la paga él con su trabajo habitual y la empresa editorial solo se encarga de pagar los impuestos que realmente dependen de los beneficios (IVA o impuesto de sociedades). Y si no tenéis posibilidades de contar con un autónomo real en vuestra editorial indie, tendréis más dificultades de inicio.No obstante, esto es tan solo nuestro punto de vista, que puede ser o no compartido. Pero de forma resumida podemos decir que casi todos los pasos quedan medianamente explicados. Aunque entre punto y punto hay infinidad de pequeños detalles que hay que tener en cuenta y no hemos mencionado para no alargarnos. Igualmente esperamos que os haya servido para tener más datos al respecto
Entonces ¿no importa donde viva el mecenas? ¿siempre pagas el IVA?